Como informó el CSN, una misión de expertos de la Comisión Europea visitó, el día 29 de abril, la central nuclear Ascó (Tarragona) y, tras las verificaciones oportunas, respaldaron las actuaciones que el organismo regulador había puesto en marcha, descartando el riesgo radiológico para la población.
Durante la visita, que se efectuó por invitación del organismo regulador español, los expertos comunitarios -acompañados por un equipo de técnicos del CSN- prestaron especial atención a la secuencia cronológica de los hechos, desde la notificación por la empresa titular al CSN el pasado 4 de abril a la inmediata respuesta del regulador, que puso en marcha una investigación y una serie de inspecciones en la instalación y en sus alrededores.
Además, el equipo comunitario comprobó y avaló la eficacia de los controles dosimétricos personales, así como la competencia del enfoque del CSN en la gestión de este incidente y de las iniciativas concretas coordinadas por las autoridades españolas. El organismo regulador español seguirá informando a la Comisión Europea en torno al incidente y le remitirá toda la documentación oportuna.
Controles personales de radioactividad
En lo que se refiere a las mediciones de radiactividad en las personas, mediante una instrucción técnica del CSN de 9 de abril de 2008, se requirió al titular de Ascó información en relación con el incidente, entre la que se encontraba la presentación de un programa de vigilancia de la contaminación interna de las personas potencialmente afectadas.
Con fecha 14 de abril de 2008, el titular presentó dicho programa, adoptando los siguientes criterios para la selección de las personas que debían someterse a revisión: todas las personas que desde el 26 de noviembre de 2007 hubiesen accedido al interior del doble vallado de la instalación y, con carácter voluntario, aquellos que hubieran accedido al emplazamiento de la instalación permaneciendo en el exterior del doble vallado.
Estos criterios tuvieron en cuenta que, prácticamente la totalidad de la contaminación en el exterior de los edificios se encontraba en el interior del doble vallado, en la zona de la unidad I de la central. En relación con el segundo de los criterios propuestos, aunque la probabilidad de que se hubiera producido alguna incorporación en personas fuera del doble vallado se consideraba muy reducida, se aceptó considerando fundamentalmente aspectos de tipo social y psicológico.
El CSN, además de realizar la supervisión directa de los controles personales realizados por el titular, efectuó asimismo un control independiente sobre una muestra del colectivo de personal con mayor probabilidad de haber resultado afectado. A tal efecto, se realizaron un total de 40 controles en el Servicio de Dosimetría Personal Interna del Ciemat, que está autorizado por el CSN, sin que en ninguno de ellos se detectara presencia de contaminación.
En aplicación de los criterios mencionados, a fecha de hoy, el número de personas que están siendo controladas es el siguiente: 477 trabajadores de plantilla de CN Ascó; 1.074 trabajadores de contratas externas; y 993 personas que accedieron al emplazamiento, aunque sin entrar en el doble vallado. Todo ello supone un total de 2.544 personas de las que, en el momento presente, se han revisado un total de 1.625, correspondientes al 100% de los trabajadores de la plantilla de central nuclear, el 85% del personal de contrata y el 23,6% del tercero de los grupos indicados.
El CSN quiere destacar que las previsiones sobre el número total de personas a controlar han ido evolucionando en función de la información disponible sobre trabajadores que accedieron a la central y de la demanda de grupos que voluntariamente han solicitado dicha revisión. Todos los controles realizados hasta la fecha han evidenciado la ausencia de contaminaciones personales.
Representatividad de las mediciones
Todas las mediciones se realizan por servicios de dosimetría autorizados por el CSN que cuentan con equipos y procedimientos contrastados por la comunidad científica internacional. Los servicios de dosimetría se someten a estrictos controles y a la supervisión por parte del organismo regulador.
El período de permanencia de los radionucleidos incorporados al organismo está condicionado, por una parte, por la vía de incorporación (inhalación ingestión) y, por otra parte, por sus características físico-químicas que determinan su solubilidad en el medio biológico y, más concretamente, su absorción en la sangre. Las partículas detectadas en la central nuclear de Ascó tienen baja solubilidad.
En relación con una potencial incorporación por inhalación, de acuerdo con el modelo dosimétrico pulmonar, recomendado por la Comisión Internacional de Protección Radiológica (ICRP-66) y por los modelos sistémicos complementarios al mismo (ICRP-67), se puede concluir que el hecho de que en ninguno de los controles se haya evidenciado contaminación significa, bien que no ha habido incorporación vía inhalación de partículas de tamaño respirable, o bien que, en el caso de que se hubiera producido una incorporación de esas partículas, la dosis efectiva comprometida resultante quedaría muy por debajo del límite de dosis al público (1 mSv).
En lo que se refiere a una potencial incorporación por ingestión, de acuerdo con el modelo dosimétrico gastrointestinal establecido en la legislación española, basado en la ICRP-30, los tiempos de permanencia en el organismo son considerablemente menores (2, 3 días), habida cuenta de la baja solubilidad mencionada de las partículas, que se eliminaría por las heces. Por tanto, las dosis a las que podría dar lugar la potencial incorporación por esta vía son aun inferiores a las correspondientes para la inhalación.
En consecuencia, aunque cualquier incorporación vía ingestión con período de permanencia reducido en el organismo puede ser difícilmente detectable en controles realizados en fechas muy posteriores, las dosis a las que se verían sometidas las personas son también muy poco significativas. Por ello, en este muy improbable supuesto, tampoco sería esperable la superación de los límites legales y menos la producción de efectos negativos en la salud.
Campaña de vigilancia exterior
La prioridad del CSN se ha centrado en garantizar que las partículas sean detectadas, recogidas y controladas, así como que ninguna persona haya resultado directamente afectada.