El reparto del cobro del canon, que asciende a cerca de 10 millones de euros al año, se distribuía entre la Confederación y la ACA en función de las obras ejecutadas del Plan de Obras de acondicionamiento y mejora de infraestructuras hidráulicas del Delta del Ebro (PODE) y su amortización, siendo esta amortización proporcional a la inversión efectivamente realizada.
En el propio Plan se fijaba el 31 de diciembre de 2013 como límite, en todo caso, para la amortización de estas actuaciones. Considerándose amortizadas tanto las obras realizadas por la Confederación, como las de la Generalitat, se debe aplicar este nuevo reparto del canon, como así lo recogía la Ley 18/1981 de 1 de julio, sobre actuaciones en materia de agua y la Ley del Plan Hidrológico Nacional.
Las actuaciones de la administración central ya han sido concluidas y por ello el Organismo prevé, como recogía la propia Ley, destinar este aumento de los ingresos a nuevas actuaciones para mejorar el aprovechamiento de los recursos en la Cuenca, principalmente en el Delta.
El PODE está directamente relacionado con el trasvase a Tarragona, ya que la Ley 18/1981 de 1 de julio sobre actuaciones en materia de aguas en Tarragona, preveía este Plan con el objetivo de optimizar recursos y para que los caudales derivados fueran fruto de la recuperación de pérdidas de agua que sufrían las infraestructuras de los canales del Delta. La financiación debía correr a cargo de las administraciones central y autonómica y se considera en un 30% a fondo perdido y en un 70% recuperable a través del cobro del canon.
Modificación de concesión
Actualmente el canon supone un ingreso de unos 10 millones de euros al año, a repartir entre ambas administraciones. Pero esta cantidad se va a ver reducida ya que se encuentra en tramitación una modificación de la concesión de aguas del Ebro solicitada por el propio Consorcio de Aguas de Tarragona y que busca adaptarse a la realidad de los consumos, ajustando la explotación del sistema a los usos actuales.
Actualmente el caudal que rige esta explotación del Consorcio es de 3,856 m³/s, un caudal en continuo y para todos los días del año, como se fijó en la Orden Ministerial de 27 de diciembre de 2002, basándose en documentación técnica del momento ante una posible ampliación del área geográfica del servicio a la provincia de Barcelona. Dado que esta ampliación geográfica quedó derogada con la Ley 11/2005, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley 10/2001, de 5 de julio, de Plan Hidrológico Nacional, la cantidad fijada no se ajusta a la actual necesidad de consumo.
La petición consiste, por tanto, en volver a la situación anterior a 2002, cuando la explotación se basaba en una demanda estacional, con máximos caudales diferentes según los meses del año. Así, el caudal propuesto supondría una reducción de 17 hm³ al año sobre el trasvase actual del río Ebro al Campo de Tarragona, que proviene de la recuperación de caudales al revestir sus canales.